Cuando fallece un familiar, además del duelo, pueden surgir conflictos entre los herederos sobre cómo repartir los bienes. En Galicia, esta situación puede complicarse debido a las peculiaridades del derecho civil gallego. Este artículo te explica qué hacer si los herederos no se ponen de acuerdo y cómo reclamar una herencia conforme a la legalidad vigente.
¿Qué ocurre si los herederos no se ponen de acuerdo?

Cuando hay varios herederos y alguno de ellos no está conforme con la forma de repartir la herencia, estamos ante una comunidad hereditaria bloqueada. Hasta que no haya acuerdo entre todos, no puede hacerse el reparto. En estos casos, se puede:
- Intentar un acuerdo extrajudicial con la ayuda de un abogado o mediador.
- Acudir a la vía judicial, presentando una demanda de división judicial de la herencia.
NOVEDAD en Galicia: Existe una alternativa intermedia que evita ir a juicio: la partición notarial por mayoría, recogida en el artículo 295 de la Ley de Derecho Civil de Galicia. Si los herederos que representen más del 50% del caudal hereditario lo acuerdan, pueden acudir a un notario para nombrar un contador-partidor, incluso sin el consentimiento del resto.
Esta vía tiene preferencia frente a la judicial, tal como ha establecido la Audiencia Provincial de Ourense (Auto 131/2020, de 23 de septiembre).
Herencia con testamento vs. sin testamento (abintestato)
- Con testamento: Se sigue la voluntad del testador, siempre respetando la legítima gallega.
- Sin testamento: Se aplica la sucesión intestada. En Galicia, primero heredan los descendientes, luego ascendientes, cónyuge viudo/a y, finalmente, colaterales.
Base legal: arts. 267 y ss. de la Ley 2/2006, de derecho civil de Galicia y el Código Civil para cuestiones comunes.
Peculiaridades del derecho gallego: pacto de mejora y legítima
En Galicia existen instrumentos propios que pueden influir en la herencia:
- Pacto de mejora: permite adjudicar bienes en vida al heredero forzoso, normalmente un hijo. Es revocable salvo que se pacte expresamente su irrevocabilidad en la escritura notarial (art. 214). Además, los bienes mejorados no se computan para el cálculo de la legítima de los demás herederos, lo que lo convierte en una herramienta clave de planificación sucesoria.
- Legítima gallega: es una cuarta parte del valor del haber hereditario (art. 238), y corresponde exclusivamente a los descendientes. No da derecho a bienes concretos, sino a una pars valoris, es decir, un valor económico a recibir. El cónyuge viudo no es legitimario en Galicia.
Procedimiento para reclamar una herencia judicialmente

Si no hay acuerdo entre los herederos ni se opta por la vía notarial por mayoría, cualquier heredero puede iniciar la división judicial de la herencia (art. 782 LEC). Es un procedimiento complejo que incluye:
- Solicitud de inventario de bienes y deudas.
- Nombramiento de contador-partidor (profesional que valora y reparte equitativamente los bienes).
- Valoración de los bienes, incluso mediante peritos si hay discrepancias.
- Propuesta de reparto y alegaciones de los herederos.
Importante: Si existen lotes homogéneos y cuotas iguales, en Galicia la adjudicación se puede hacer por sorteo ante notario, según el artículo 303 de la Ley de Derecho Civil de Galicia. Esto ha sido respaldado por la jurisprudencia (Sentencia AP Ourense núm. 24/2018, de 30 de enero).
Preguntas frecuentes
Si uno de los herederos ocupa una vivienda u otro bien común y se niega a repartir, los demás pueden reclamar judicialmente la división y, en su caso, pedir una compensación económica por el uso exclusivo del bien mientras no se reparta.
No. Para vender un bien hereditario se requiere el consentimiento de todos los herederos. Si no lo hay, habrá que acudir a la partición (notarial o judicial) y, si no es divisible, subastar el bien y repartir el dinero.
Los herederos responden de las deudas del causante, salvo que renuncien a la herencia. También pueden aceptarla a beneficio de inventario, limitando su responsabilidad al valor de los bienes heredados.
El plazo para ejercitar la acción de petición de herencia en Galicia es de 30 años desde la apertura de la sucesión.
¿Cuándo conviene acudir a un abogado?
Desde el primer momento. Un abogado especializado puede:
- Revisar la validez del testamento.
- Verificar si se respetan las legítimas.
- Asistir en las negociaciones entre herederos.
- Promover la partición notarial o judicial según el caso.
En Galicia, conviene que el abogado conozca bien el derecho civil gallego, ya que hay diferencias clave respecto al resto del Estado.
¿Cuánto cuesta un juicio por herencia?
El coste varía mucho según la complejidad, número de herederos, valor de los bienes y si hay o no oposición. Pero debes contar con:
- Abogado: honorarios según acuerdo (puede ser porcentaje del valor heredado).
- Procurador (obligatorio en la vía judicial).
- Gastos notariales y registrales.
Conclusión
Si estás ante un conflicto hereditario en Galicia, no esperes a que el problema crezca. Contar con un abogado experto en derecho de sucesiones gallego puede marcar la diferencia.
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Fuentes
- Ley 2/2006, de derecho civil de Galicia.
- Código Civil (suplementario en Galicia).
- Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
- Jurisprudencia citada: Auto AP Ourense 131/2020 y Sentencia AP Ourense 24/2018.
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